Derecho que en todo momento tienen los trabajadores para depositar determinada cantidad de dinero su cuenta individual. Lo pueden ejercer por sí mismos en las entidades receptoras o por conducto del patrón en el momento de efectuarse el entero al Infonavit. En ambos casos el dinero se ingresa en la subcuenta de aportaciones voluntarias y sólo mediante la aprobación del trabajador podrán transferirse estos recursos a la subcuenta de vivienda con el fin de poder obtener un crédito a su favor, según se estipula en el artículo 59 de la Ley del Infonavit.
Derecho real de garantía y de realización de valor, que se constituye para asegurar el cumplimiento de una obligación (normalmente del pago de un crédito o préstamo) sobre un bien (generalmente inmueble), el cual, aunque gravado, permanece en poder de su propietario.
Manejo o destino que se da a los pagos anticipados que realiza el trabajador y a las aportaciones que haga su patrón a la subcuenta de vivienda, según lo dispuesto en la Ley del Infonavit, de tal suerte que se destinará al pago del saldo insoluto del crédito: en primer lugar, al pago de la prima del seguro de daños contratado y, en segundo lugar, al total de los intereses ordinarios devengados en el periodo mensual correspondiente. La cantidad que resultare como remanente, luego de contabilizar la aportación anterior, se dedicará a amortizar hasta donde alcance el saldo de capital. Cuando existan adeudos vencidos y el trabajador haga cualquier pago al Instituto, éstos se aplicarán a cubrir el adeudo vencido más antiguo en el siguiente orden: gastos de cobranza; intereses moratorios; primas del seguro; intereses ordinarios, y saldo de capital.
Descuento efectuado por el patrón al salario del trabajador para amortizar el crédito de vivienda otorgado por el Infonavit y enterado a este Instituto; también son los pagos directos realizados por el acreditado por medio de los bancos u otra forma establecida por el Instituto.
Liquidación del saldo remanente del crédito que se da a favor del acreditado, o bien cuando se aplica el autoseguro por cualquiera de las causales establecidas en la Ley de Infonavit.
Importes en favor del acreditado por amortizaciones excedentes sobre la deuda original relacionada con el pago del crédito otorgado por el Infonavit.
Documento emitido por el Infonavit en el que se detalla la información sobre lo que el derechohabiente ha pagado, lo que falta por pagar, la fecha de corte de los pagos, la fecha límite de pago y la tasa de interés aplicada. Si el patrón descuenta de la nómina el pago del crédito del trabajador derechohabiente, es decir, a través del Régimen Ordinario de Amortización (ROA), éste recibe su estado de cuenta cada dos meses; si el derechohabiente paga por su cuenta, es decir, a través del Régimen Especial de Amortización (REA), lo recibe cada mes.
Cambio que el trabajador está obligado a notificar al Infonavit para restablecer su crédito según su estatus laboral, que puede ser bajo Régimen Especial de Amortización (REA), Régimen Ordinario de Amortización (ROA) o bajo el concepto de Prórroga (véanse Régimen Especial de Amortización (REA), Régimen Ordinario de Amortización (ROA) y prórroga).
Acto jurídico en virtud del cual, se obtiene el dominio o propiedad de un bien mueble o inmueble a título oneroso, o bien se reciben servicios especializados.