Tus recursos en el Infonavit pueden encontrase en tres diferentes fondos:
Fondo de Ahorro 1972-1992
Este fondo está conformado por las aportaciones patronales realizadas del 3er bimestre de 1972 al 1er bimestre de 1992. Estos ahorros no generaron rendimientos debido a la legislación vigente en ese momento.
Subcuenta de Vivienda 1992
A este fondo se destinaron las aportaciones patronales realizadas entre el 2do bimestre de 1992 hasta el 3er bimestre de 1997. Estos ahorros se entregan con los rendimientos que se hayan generado hasta el momento de su devolución.
Subcuenta de Vivienda 1997
Esta cuenta se formó con las aportaciones que hizo tu patrón a partir del 1 de julio de 1997. Se te entregará tu ahorro con los rendimientos que se hayan generado hasta el momento de su devolución.
Pensionado bajo el Régimen de Ley 73
Aplica de manera definitiva para las trabajadoras y los trabajadores que no cuentan con cotizaciones en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) posteriores al 1° de julio de 1997 y de manera opcional1 para las y los trabajadores que cuentan con cotizaciones en el IMSS previas y posteriores al 1° de julio de 1997.
Los pensionados bajo el régimen de Ley 73 reciben en una sola exhibición la devolución de la totalidad de los recursos disponibles en el Infonavit (Fondo de Ahorro 72-92, Subcuenta de Vivienda 92, Subcuenta de Vivienda 97 y/o Solo Infonavit) y los rendimientos generados2 hasta el momento en que se realiza el trámite de devolución y pueden ser solicitados en una sola cita a través del Infonavit o mediante su Afore.
Conoce más sobre el Régimen de Ley del Seguro Social de 1973.
Para realizar el trámite de manera presencial en el Infonavit necesitas:
Para realizar tu trámite desde Mi Cuenta Infonavit necesitas:
Si eliges solicitar la devolución a través de la Afore en la que te encuentras registrado, esta te devolverá únicamente los recursos disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97; si cuentas con recursos disponibles en Fondo de Ahorro 1972-1992 y/o Solo Infonavit, deberás solicitarlos directamente en el Infonavit.
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley del Infonavit, al cumplirse 10 años de ser exigible el derecho a la devolución de la Subcuenta de Vivienda los recursos disponibles pasarán a formar parte de una reserva financiera administrada por el Infonavit, estos recursos podrán ser solicitados por el titular o su(s) beneficiarios en cualquier momento, cumpliendo con las regulaciones y requisitos vigentes en ese momento. Conoce más.
¡Recuerda que en el Infonavit todos los trámites y servicios son gratuitos!
1La o el trabajador deberá elegir el régimen pensionario previo a solicitar su devolución.
2Los rendimientos son aplicados únicamente para la Subcuenta de Vivienda 92 y la Subcuenta de Vivienda 97.
3Realiza aquí la corrección de tu nombre completo, CURP y/o RFC.
4Si tu credencial para votar fue emitida en Coahuila o el Estado de México y perdió vigencia a partir del 1° de enero de 2023, continuará siendo válida y podrás presentarla para realizar tu trámite hasta el próximo 4 de julio de 2023.
5Únicamente en caso de ser extranjero.
Pensionado bajo el Régimen de Ley 97
Aplica para las y los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) después del 1° de julio de 1997 y de manera opcional1 para las y los trabajadores que cuentan con cotizaciones en el IMSS previas y posteriores al 1° de julio de 1997.
En el caso de los pensionados bajo el régimen de Ley 97, la totalidad de los recursos disponibles en la Subcuenta de Vivienda 92 y Subcuenta de Vivienda 97 y los rendimientos generados2 hasta el momento en que son solicitados son enviados a la Afore en la que se encuentran registrados para su devolución o integrarse al saldo total que determinará su pensión, según aplique; la solicitud de los recursos debe realizarse a través de su Afore.
En caso de contar con recursos disponibles en Fondo de Ahorro 1972-1992 y/o Solo Infonavit, se deben solicitar directamente al Infonavit.
Conoce más sobre el Régimen de Ley del Seguro Social de 1997.
De acuerdo con el artículo 37 de la Ley del Infonavit, al cumplirse 10 años de ser exigible el derecho a la devolución de la Subcuenta de Vivienda los recursos disponibles pasarán a formar parte de una reserva financiera administrada por el Infonavit, estos recursos podrán ser solicitados por el titular o su(s) beneficiarios en cualquier momento, cumpliendo con las regulaciones y requisitos vigentes en ese momento. Conoce más.
¡Recuerda que en el Infonavit todos los trámites y servicios son gratuitos!
1La o el trabajador deberá elegir el régimen pensionario previo a solicitar su devolución.
2Los rendimientos son aplicados únicamente para la Subcuenta de Vivienda 92 y la Subcuenta de Vivienda 97.
Devolución del Fondo de Ahorro 1972- 1992
En caso de ser beneficiario (único o múltiple) de un trabajador fallecido, y éste cuente con saldo en el Fondo de ahorro 72-92, Ingresa al servicio de Devolución del Fondo de Ahorro y sigue las indicaciones.
Para este trámite es necesario que cuentes con un laudo o resolución judicial que condene al pago de estos recursos.
¡Recuerda que todos nuestros trámites y servicios son gratuitos!
Devolución de la Subcuenta de Vivienda 1992 y 1997
¡Recuerda que todos nuestros trámites y servicios son gratuitos!