De acuerdo con la Ley del Infonavit, la Dirección Sectorial de los Trabajadores es un Órgano del Instituto y la designación del Director es facultad exclusiva de la Asamblea General, a propuesta del Sector de los Trabajadores.
Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2016
Los órganos del Instituto serán: la Asamblea General, el Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, el Director General, dos Directores Sectoriales, la Comisión de Inconformidades, el Comité de Transparencia y Acceso a la Información y las Comisiones Consultivas Regionales.
Los integrantes de los órganos del Instituto serán responsables para con éste por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone.
Los integrantes del Consejo de Administración, de la Comisión de Vigilancia, del Comité de Auditoría, de la Comisión de Inconformidades, del Comité de Transparencia y Acceso a la Información y de las Comisiones Consultivas Regionales, que en cualquier asunto relacionado con el mismo tuvieren o conocieren de un posible conflicto de intereses personal o de alguno de los demás miembros del Órgano, deberán manifestarlo y, el que tuviere el conflicto, abstenerse de toda intervención en dicho asunto. Igualmente deberán abstenerse de promover o participar, a título personal, en la atención de solicitudes, planteamientos o recursos que cualquier tercero promueva ante el Instituto.
Artículo reformado DOF 01-06-2005
La Asamblea General, a propuesta de los representantes de los trabajadores y de los patrones, nombrará a dos Directores Sectoriales, uno por cada sector, que tendrán como función el enlace entre el Sector que representan y el Director General. Los Directores Sectoriales asistirán a las sesiones del Consejo de Administración, con voz, pero sin voto.
El Director General y los Directores Sectoriales no podrán ser miembros de la Asamblea General, del Consejo de Administración, ni de la Comisión de Vigilancia.
En el Estatuto Orgánico del Infonavit, la Dirección Sectorial de los Trabajadores tiene las siguientes facultades y atribuciones, dispuestas en los artículos 6 y 7:
Las Direcciones Sectoriales constituyen el enlace entre el sector que representan y el Director General; para efecto de cumplir y desarrollar la función de enlace que les otorga la Ley del Infonavit, los Directores Sectoriales tendrán las siguientes facultades y funciones:
Las Direcciones Sectoriales dispondrán de autonomía de gestión, contratación de asesoría y del personal técnico y administrativo, conforme a los presupuestos y tabuladores aprobados para el Infonavit.
El marco normativo aplicable a la Dirección Sectorial de los Trabajadores es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Seguro Social, la Ley del Infonavit, la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley Federal del Trabajo.
Director Sectorial de los Trabajadores
Mario Macías Robles
mmacias@infonavit.org.mx
Asistente del Director Sectorial
Adriana Magaly Roldán Perez
aroldan@infonavit.org.mx
Coordinador General del Sector
Luis David Navarro Zarco
inavarro@infonavit.org.mx
Secretario Particular del Director Sectorial
Carlos Joel Cota Hull
ccota@infonavit.org.mx
Para saber quiénes son los representantes del Sector de los Trabajadores ante el Infonavit, entra en el órgano colegiado de tu interés
Para mantener informados de forma oportuna a sus representados, la Dirección Sectorial de los Trabajadores edita y pone a tu disposición Tu voz en Infonavit, órgano informativo de esta dirección, que se publica desde octubre 2018