De acuerdo con el artículo 24 de la Ley del Infonavit, la Dirección Sectorial de los Trabajadores es el conducto para facilitar la comunicación y enlace con las diversas instancias administrativas del Instituto. Consulta en esta página la información relativa a esta dirección.

Facultades y funciones

De acuerdo con la Ley del Infonavit, la Dirección Sectorial de los Trabajadores es un Órgano del Instituto y la designación del Director es facultad exclusiva de la Asamblea General, a propuesta del Sector de los Trabajadores.

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2016

Estatuto Orgánico
Título II De las Direcciones Sectoriales

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio de 2016

Los órganos del Instituto serán: la Asamblea General, el Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, el Director General, dos Directores Sectoriales, la Comisión de Inconformidades, el Comité de Transparencia y Acceso a la Información y las Comisiones Consultivas Regionales.

Los integrantes de los órganos del Instituto serán responsables para con éste por el cumplimiento de las obligaciones que esta Ley les impone.

Los integrantes del Consejo de Administración, de la Comisión de Vigilancia, del Comité de Auditoría, de la Comisión de Inconformidades, del Comité de Transparencia y Acceso a la Información y de las Comisiones Consultivas Regionales, que en cualquier asunto relacionado con el mismo tuvieren o conocieren de un posible conflicto de intereses personal o de alguno de los demás miembros del Órgano, deberán manifestarlo y, el que tuviere el conflicto, abstenerse de toda intervención en dicho asunto. Igualmente deberán abstenerse de promover o participar, a título personal, en la atención de solicitudes, planteamientos o recursos que cualquier tercero promueva ante el Instituto.

Artículo reformado DOF 01-06-2005

La Asamblea General, a propuesta de los representantes de los trabajadores y de los patrones, nombrará a dos Directores Sectoriales, uno por cada sector, que tendrán como función el enlace entre el Sector que representan y el Director General. Los Directores Sectoriales asistirán a las sesiones del Consejo de Administración, con voz, pero sin voto.

El Director General y los Directores Sectoriales no podrán ser miembros de la Asamblea General, del Consejo de Administración, ni de la Comisión de Vigilancia.

En el Estatuto Orgánico del Infonavit, la Dirección Sectorial de los Trabajadores tiene las siguientes facultades y atribuciones, dispuestas en los artículos 6 y 7:

Las Direcciones Sectoriales constituyen el enlace entre el sector que representan y el Director General; para efecto de cumplir y desarrollar la función de enlace que les otorga la Ley del Infonavit, los Directores Sectoriales tendrán las siguientes facultades y funciones:

  1. Asistir a las sesiones de la Asamblea General, con voz, pero sin voto;
  2. Asistir a las sesiones del Consejo de Administración y de la Comisión de Vigilancia, con voz, pero sin voto;
  3. Asistir a las sesiones de los otros Órganos Colegiados del Infonavit, con voz, pero sin voto, cuando lo consideren necesario para el cumplimiento de los fines del Infonavit, relacionados con su competencia;
  4. Solicitar la incorporación de asuntos en el orden del día de las sesiones de la Asamblea General, del Consejo de Administración y de sus Comités Auxiliares, de la Comisión de Vigilancia, del Comité de Auditoría, del Comité de Transparencia y Acceso a la Información, de la Comisión de Inconformidades y de las Comisiones Consultivas Regionales, por conducto del Director General;
  5. Coordinar el nombramiento y funcionamiento de los miembros de la Asamblea General, del Consejo de Administración y de sus Comités Auxiliares, de la Comisión de Vigilancia, del Comité de Auditoría, del Comité de Transparencia y Acceso a la Información, de la Comisión de Inconformidades y de las Comisiones Consultivas Regionales, en lo referente al sector que representan;
  6. Plantear las políticas y criterios del sector que representan al Director General, para coadyuvar a la mejor realización de los objetivos del Infonavit;
  7. Coordinar y recopilar las opiniones, sugerencias, políticas y criterios de su sector y propiciar su enlace adecuado con el Infonavit;
  8. Ser órgano de enlace de las organizaciones respectivas y la Dirección General, para la participación de ésta en reuniones de trabajo e informativas en materia de vivienda, y
  9. En general, todas aquellas cuestiones necesarias y relativas al debido cumplimiento de los fines del Infonavit, relacionadas con su competencia.

Las Direcciones Sectoriales dispondrán de autonomía de gestión, contratación de asesoría y del personal técnico y administrativo, conforme a los presupuestos y tabuladores aprobados para el Infonavit.

Marco Normativo

El marco normativo aplicable a la Dirección Sectorial de los Trabajadores es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley del Seguro Social, la Ley del Infonavit, la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y la Ley Federal del Trabajo.

Directorio

Director Sectorial de los Trabajadores

Mario Macías Robles

mmacias@infonavit.org.mx

Asistente del Director Sectorial

Adriana Magaly Roldán Perez

aroldan@infonavit.org.mx

Coordinador General del Sector

Luis David Navarro Zarco

inavarro@infonavit.org.mx

Secretario Particular del Director Sectorial

Carlos Joel Cota Hull

ccota@infonavit.org.mx

ahorro Infonavit

Representantes de los trabajadores en los Órganos Colegiados del Infonavit

Para saber quiénes son los representantes del Sector de los Trabajadores ante el Infonavit, entra en el órgano colegiado de tu interés

Publicaciones

Para mantener informados de forma oportuna a sus representados, la Dirección Sectorial de los Trabajadores edita y pone a tu disposición Tu voz en Infonavit, órgano informativo de esta dirección, que se publica desde octubre 2018