Dictamen fiscal

Dictamen fiscal

Como parte de las obligaciones que tienes como patrón, debes presentar al Instituto copia del informe sobre la situación fiscal con los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones al Infonavit.
Objetivo

Los patrones que estén obligados o hayan optado por presentar Dictamen Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), deben presentar una copia del informe sobre la situación fiscal del contribuyente, con firma autógrafa, y los anexos referentes a las contribuciones por concepto de aportaciones al INFONAVIT.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que estén obligados o hayan optado por presentar Dictamen Fiscal ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Cuándo debes cumplir?

Dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento para su presentación ante el SAT.

Marco normativo

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 29, fracción VIII y IX.
  • Artículo 29 Ter.

Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo.

  • Artículo 3o fracción XXXVII.
  • Artículo 4o fracción V y XI.
  • Artículo 7o.
  • Artículo 9o.
  • Artículo 15.

Reglamento de Inscripción, pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 84

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Podrá presentarse de forma presencial en la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal de la empresa o por medios electrónicos.

¿Dónde se presenta?

Por medios electrónicos, a través de los correos autorizados:

Presencial: En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.

¿Cuándo debes cumplir?

Dentro de los quince días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento para su presentación ante el SAT.

Requisitos

Consulta la Guía para la presentación del Dictamen Fiscal, misma que se encuentra en el apartado “Material relacionado”, en la cual se encuentran los requisitos para una correcta presentación.


Pasos a seguir

Por medio electrónico

  • Enviar la documentación con los lineamientos solicitados mediante correo electrónico a las direcciones de correo autorizadas.

Presencial

  • Presentar la documentación obligatoria en la Delegación Regional del INFONAVIT que corresponda al domicilio fiscal del patrón.
    Nota: Adjuntar toda la documentación antes mencionada en formato PDF y en su caso en Excel; a través de dispositivo de almacenamiento USB con el nombre y RFC del patrón dictaminado, que contenga los archivos relacionados y nombrar los archivos conforme al tipo de documento.

Documentos que se obtienen
  • Acuse de recibo de la presentación del Dictamen fiscal y folio que por turno le fue asignado, en el caso de la recepción presencial.
  • Acuse de recibo de la presentación del Dictamen fiscal de manera electrónica, correo electrónico por parte la Gerencia Senior de Fiscalización informando el folio de Dictamen Fiscal que por turno le fue asignado y fecha de recepción.

Preguntas frecuentes

Si, únicamente si estás obligado a dictaminar ante el SAT u optaste por presentar dicho dictamen. En estos casos, debes entregar al INFONAVIT:

  • Copia del informe de situación fiscal con firma autógrafa.
  • Anexos sobre las aportaciones al INFONAVIT.

Todo esto dentro de los 15 días hábiles posteriores al vencimiento ante el SAT.

Lo deben de presentar los:

  • Empleadores que están obligados a presentar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el dictamen de estados financieros para efectos fiscales.
  • Empleadores que de manera voluntaria presentaron el dictamen ante el SAT aunque que no estuvieran obligados.

Si estás obligado a dictaminar ante el SAT o lo hiciste voluntariamente y no entregas la documentación al INFONAVIT, puedes recibir una sanción por parte del Instituto, según el Reglamento para la Imposición de Multas por Incumplimiento de las Obligaciones establecidas por la Ley del INFONAVIT.

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