Dictamen Infonavit

Presenta tu aviso de dictamen Infonavit

Si deseas dictaminar de manera voluntaria el cumplimiento de tus aportaciones al fondo de vivienda y entero de descuentos para amortización de créditos, puedes hacerlo a través del dictamen Infonavit.
Objetivo

El Dictamen Infonavit es la opción que tiene el patrón para dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de vivienda. Debe ser solicitado por el patrón que opta por dictaminarse y por el contador público autorizado por el Infonavit.

Los beneficios que se obtienen son:

  • No ser sujeto de visitas domiciliarias por el o los ejercicios dictaminados.
  • No recibir cédulas de determinación de diferencias por el periodo dictaminado
¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que de forma voluntaria desean dictaminarse.

¿Cuándo debes cumplir?

Se presentará dentro de los cuatro primeros meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior y tratándose de ejercicios anteriores esté podrá presentarse en cualquier fecha, de conformidad del artículo 59 de RIPAEDI.

Teniendo como fecha límite para la presentación el 30 de abril del 2025.

  • Comunicado General relativo a la presentación del Aviso de Dictamen Infonavit: te otorga la facilidad de presentar el aviso para dictaminarse por medios electrónicos.
  • Anexo comunicado CGRF/GSF/2025/2365.
Marco normativo

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 29 fracción VIII y IX.
  • Artículo 29 Ter.

Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo.

  • Artículo 3o fracción XXXVII.
  • Artículo 4o fracción V y XI.
  • Artículo 9o.
  • Artículo 15.

Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 59.

Consúltalo en nuestra Normateca

Se presentará dentro de los cuatro primeros meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior y tratándose de ejercicios anteriores esté podrá presentarse en cualquier fecha, de conformidad del artículo 59 de RIPAEDI.

Teniendo como fecha límite para la presentación el 30 de abril del 2025.


¿Dónde se presenta?
  • Presencial: En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde conforme al domicilio fiscal de la empresa, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.

Requisitos

Para la presentación del Aviso de Dictamen Infonavit, ya sea de manera presencial o electrónica, es indispensable presentar la información que se encuentra publicada en Material relacionado Requisitos para presentar el Aviso de Dictamen Infonavit.

Pasos a seguir
  • Por medios electrónicos:
    • Enviar la documentación con los lineamientos solicitados mediante correo electrónico a las direcciones de correo autorizadas.
  • Presencial:
    • Presentar el Aviso para presentar Dictamen Infonavit (formato DI-01) y demás documentación en la Delegación Regional del Infonavit que corresponda al domicilio fiscal del patrón

Documentos que se obtienen
  • Acuse de recibo de la presentación del Aviso de Dictamen Infonavit, en el caso de la recepción presencial.
  • Acuse de recibo de la presentación del Aviso de Dictamen Infonavit de manera electrónica, correo electrónico por parte la Gerencia Senior de Fiscalización informando el folio del Aviso que por turno le fue asignado y fecha de recepción.

Presenta tu dictamen Infonavit

Presenta el dictamen generado por el contador público autorizado para dar cumplimiento a tu solicitud previa de presentación del aviso para dictaminar el cumplimiento de tus aportaciones al fondo de vivienda y entero de descuentos para amortización de créditos.
¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que hayan presentado el aviso de Dictamen Infonavit.

¿Cuándo debes cumplir?

El plazo para presentar el Dictamen Infonavit es de hasta seis meses contados a partir de la fecha de presentación del Aviso de Dictamen Infonavit. O bien, en caso de haber solicitado una prórroga y ésta se hubiera concedido, el Dictamen se tiene que presentar dentro de la fecha señalada en el Oficio de prórroga que el Instituto le expidió.

No obstante, si la presentación del Dictamen Infonavit es presencial y el último día del plazo de seis meses para la presentación de este cae en un día inhábil, se prorroga el plazo al siguiente día hábil, de conformidad con el antepenúltimo párrafo del artículo 12 del CFF vigente.

Los dictámenes presentados con posterioridad a los seis meses serán recibidos y sellados por la Delegación que corresponda, en el entendido de que después de la fecha de vencimiento tienen el carácter de extemporáneos y no obtendrán los beneficios antes comentados.

  • Comunicado General relativo a la presentación del Dictamen Infonavit: te otorga la facilidad de presentar el aviso para dictaminarse por medios electrónicos.
  • Anexo comunicado CGRF/GSF/2025/2366.
Marco normativo

Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 65.

Consúltalo en nuestra Normateca

Podrá presentarse de forma presencial o por medios electrónicos en la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal de la empresa que opte por dictaminarse.


¿Dónde se presenta?
  • Presencial: En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde conforme al domicilio fiscal de la empresa, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.

Para presentar el Dictamen Infonavit

Para la recepción del dictamen y anexos de manera presencial, es indispensable cumplir con los siguientes requisitos:

  • Carta de presentación de Dictamen (formato DI -03) debidamente requisitada, con firma autógrafa del patrón o su representante legal y el Contador Público Autorizado, sin tachaduras ni enmendaduras y a computadora (tres tantos).
  • Tres legajos del cuadernillo del Dictamen Infonavit, entendiéndose que uno es para el Instituto, otro para el Patrón y otro para el Contador Público Autorizado, con la documentación obligatoria.
  • Respecto al legajo de Dictamen: Se recomienda que de preferencia el Dictamen se entregue engargolado, y que en la Carátula del Dictamen se indique: Nombre, denominación o razón social y siglas del Régimen de Capital, Número de Aviso de Dictamen y Ejercicio fiscal dictaminado.
  • Documentación obligatoria, misma que se detalla en la “Guía para la presentación de Dictamen Infonavit”
  • Considerar el Comunicado General y Anexo al Comunicado de Presentación de Dictamen Infonavit, en el cual se mencionan las especificaciones que debes de considerar para su correcta recepción.

Adicional al cuadernillo de Dictamen, la documentación debe de presentarse en un dispositivo de almacenamiento USB, de preferencia en un sobre en el cual debe de identificarse con una etiqueta con el nombre, denominación o razón social de quien presenta el dictamen y R.F.C.

La documentación anexa debe de respaldarse en PDF con resolución de mínimo de 200 PPP y en su caso Excel con el nombre del documento sugerido a continuación.

Para la recepción del dictamen y anexos de manera electrónica, es indispensable presentar:

  • Carta de presentación de Dictamen (formato DI -03) debidamente requisitada computadora, sin tachaduras ni enmendaduras y legible, en formato PDF con resolución de mínimo de 200 PPP, con firma autógrafa del patrón o su representante legal y el Contador Público Autorizado.
  • Documentación obligatoria, misma que se detalla en la “Guía para la presentación de Dictamen Infonavit”.
  • Considerar el Comunicado General y Anexo al Comunicado de Presentación de Dictamen Infonavit, en el cual se especifica a detalle en él envío del trámite electrónico.

La información necesaria para la presentación del Dictamen Infonavit, así como los formatos, se encuentran disponibles dentro de la sección.


Requisitos

Para la presentación del Dictamen Infonavit, ya sea de manera presencial o electrónica, es indispensable presentar la información que se encuentra publicada en Material relacionado Requisitos para presentar el Dictamen Infonavit.

Pasos a seguir
  • Por medios electrónicos:
    • Enviar la documentación con los lineamientos solicitados mediante correo electrónico a las direcciones de correo autorizadas.
  • Presencial:
    • Presentar la Carta de presentación del Dictamen Infonavit (formato DI-03) y demás documentación en la Delegación Regional del Infonavit que corresponda al domicilio fiscal del patrón.

Documentos que se obtienen
  • Acuse de recibo de la presentación del Dictamen y Anexos, en el caso de la recepción presencial.
  • Acuse de recibo de la presentación del Dictamen y Anexos de manera electrónica, correo electrónico por parte la Gerencia Senior de Fiscalización informando el folio de Dictamen que por turno le fue asignado y fecha de recepción.

Preguntas frecuentes

Los patrones que opten por presentar el Aviso del Dictamen Infonavit del ejercicio inmediato anterior deberán presentar el Aviso y la documentación correspondiente dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal anterior.

El plazo para presentar el Dictamen Infonavit es de hasta seis meses contados a partir de la fecha de presentación del Aviso de Dictamen Infonavit. O bien, en caso de haber solicitado una prórroga y ésta se hubiera concedido, el Dictamen se tiene que presentar dentro de la fecha señalada en el Oficio de prórroga que el Instituto le expidió.

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