Afiliación solo Infonavit

Afiliación solo Infonavit

Los patrones incorporados al régimen obligatorio del Infonavit que cuentan con un registro patronal asignado por este Instituto con serie 99, como organismos públicos descentralizados, universidades y tecnológicos estatales, municipios y en general patrones obligados al Infonavit pero no al IMSS, podrán dar cumplimiento a las obligaciones patronales notificando los movimientos de sus trabajadores directamente al Infonavit.
Objetivo

Dar cumplimiento a las obligaciones patronales ante el Infonavit y contribuir a que los trabajadores de los aportantes que estén inscritos ante el Instituto puedan ejercer el derecho a un crédito de vivienda.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que en su Número de Registro Patronal sean serie 99, como: organismos públicos descentralizados (OPD), universidades y tecnológicos estatales, municipios y aportantes obligados sólo ante el Infonavit.

Marco normativo

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

  • Artículo 29 fracciones I y II; y Artículo 31.

Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit.

  • Artículo 3 fracción III; Artículos 11, 12, 13, 16, 17, 18 y 20.

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Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde conforme al domicilio fiscal del patrón, donde nuestros especialistas darán la asesoría y capacitación a ti como al representante legal y personal designado para llevar a cabo el trámite de afiliación. Consulta la ubicación de las Oficinas de atención.


Requisitos
  • Acta de Notificación de Dictamen de incorporación como “Patrón obligado ante el Infonavit”, emitido por la Gerencia Sénior de lo Contencioso y Consultivo Fiscal.
  • Oficio de registro o actualización de personal autorizado para reportar movimientos afiliatorios:
    • Deberá contener la constancia de trabajo del personal que estarás facultando.
    • Identificación oficial del personal, su correo electrónico y la Clave Única de Registro de Población [CURP] en original y copia para su cotejo.


Pasos a seguir
  1. El proceso da inicio cuando el patrón solicita su Dictamen de incorporación como “Patrón Obligado ante el Infonavit” a la Gerencia Sénior de lo Contencioso y Consultivo Fiscal perteneciente a la Coordinación General de Recaudación Fiscal del Infonavit.
  2. Tratándose de un patrón de reciente incorporación, para notificar los movimientos de sus trabajadores, el representante legal debe:

    • Designar a las personas autorizadas y encargadas de notificar los movimientos afiliatorios al Infonavit.
    • Informar por escrito al Infonavit los nombres y datos de las personas autorizadas.
  3. Entrega los documentos requisitados en original y copia en la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional del Infonavit para cotejo, y espera la retroalimentación del personal especializado.
    Si existen inconsistencias en la documentación, se te notificará a través del personal de la delegación.
  4. Si la documentación está completa, se le hará llegar al personal autorizado por el organismo un correo del Servicio de Afiliación Directa (afiliacióndirecta@infonavit.org.mx) de Notificación a Contactos Autorizados, en el que se informará el proceso para dar inicio a la notificación de movimientos afiliatorios y el layout establecido mediante el cual estarás actualizando el estatus laboral de tus trabajadores.

    Si es necesario cambiar alguno de los usuarios autorizados, deberás informarlo a través de la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional con el oficio pertinente, a fin de dar de baja al personal con salida y dar de alta a los nuevos usuarios. El nivel de servicio para llevar a cabo dicha actualización es de cinco días hábiles. Lo anterior, porque únicamente el personal autorizado podrá notificar los movimientos de afiliación de los trabajadores, como: altas, modificaciones de salario, baja y reingresos, así como solicitar aclaraciones o rectificación de movimientos.


Documentos que se obtienen

Para los patrones de reciente incorporación:

  • Correo de inconsistencias en caso de que algún documento de los contactos autorizados sea incorrecto, o
  • Correo de notificación a contactos autorizados, y
  • Formato para reporte de movimientos afiliatorios.

Para los patrones que actualizan el contacto del personal autorizado:

  • Correo de notificación a contactos autorizados.

De la continuidad de movimientos afiliatorios, dependiendo del resultado que genere la carga del layout de movimientos afiliatorios podrá obtener:

  • Correo con el estatus del registro de movimientos afiliatorios; en caso de existir movimientos rechazados, se notificará el motivo por el cual no fue procedente.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Personal autorizado para comunicar los movimientos afiliatorios de trabajadores.


¿Cuándo debes cumplir?

Los movimientos afiliatorios deben notificarse de manera oportuna al Instituto dentro de un plazo no mayor de cinco días hábiles, contados a partir de que estos surjan efecto.

Ejemplo: si el trabajador entró a laborar el martes 2 de febrero de 2021, tienes a más tardar el 9 de febrero de 2021 para notificar su alta en el organismo.


Tipo de trámite

Medios electrónicos.


¿Dónde se presenta?

Buzón de afiliación directa: afiliaciondirecta@infonavit.org.mx.


Requisitos:
  • Ser personal autorizado para notificar los movimientos afiliatorios.
  • Si es la primera vez o requieres actualizar al personal autorizado, consulta el documento entidades afiliadas de manera directa, ya que tus contactos autorizados recibirán la plantilla layout de movimientos afiliatorios.
  • Los movimientos afiliatorios deben notificarse en la plantilla “Layout de Movimientos Afiliatorios” y cumplir con las Reglas de Afiliación para Entidades Incorporadas de Manera Directa al Infonavit.
  • Notificar los movimientos a más tardar cinco días hábiles de cuando haya pasado el movimiento afiliatorio.
  • Enviar el layout con los datos solicitados al correo de Buzón de Afiliación Directa.

Pasos a seguir
  1. Captura los datos que te solicita el layout acorde al movimiento afiliatorio que requieres notificar.
  2. Envía la información al buzón afiliaciondirecta@infonavit.org.mx.

Documentos que se obtienen:
  • Correo electrónico de confirmación o rechazo.
  • Layout de movimientos afiliatorios con resultados de aceptación o rechazos y comentarios que motivaron el rechazo.

Recuerda que en el Portal Empresarial puedes consultar:

  • Trabajadores acreditados: conocerás la información de tus trabajadores que cuentan con un crédito vigente con el Infonavit. En la sección también podrás consultar los Avisos de Retención, Modificación y Suspensión de Descuentos y podrás descargar la tabla de información en un archivo.
  • Consulta de incidencias: se encuentra la información detallada de los movimientos que afectan la remuneración de tus trabajadores, como ausentismos e incapacidades. Aquí podrás seleccionar un periodo para consultar estas incidencias.
  • En Movimientos afiliatorios, conocerás la información detallada de los movimientos que afectan el pago de la remuneración de tus trabajadores; para ello, selecciona un periodo para consultar los movimientos.

Preguntas frecuentes

El envío de los movimientos de alta de trabajadores deberá de ser enviada en un período no mayor a cinco días hábiles, contados a partir del ingreso del trabajador.

Para informar el cambio deberás de acudir de manera presencial a la Gerencia de Recaudación Fiscal de la Delegación Regional que corresponda al domicilio fiscal de tu registro patronal con el oficio pertinente, a fin de dar de baja al personal con salida y dar de alta a los nuevos usuarios. Recuerda que únicamente el personal autorizado podrá notificar los movimientos de afiliación de los trabajadores, como: altas, modificaciones de salario, baja y reingresos, así como solicitar aclaraciones o rectificación de movimientos.

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