Aclaraciones patronales en el Portal Empresarial
Si tienes dudas respecto a las omisiones o diferencias que tienes por concepto de aportaciones patronales y/o pagos mensuales (amortizaciones) de crédito de los trabajadores por año y bimestre, puedes hacer uso del servicio de aclaraciones patronales, herramienta que te permitirá hacer tus aclaraciones en línea.
Objetivo
Facilitar la presentación de aclaraciones patronales por concepto de aportaciones y/o pagos mensuales (amortizaciones) de crédito de trabajadores a través del Portal Empresarial del Infonavit.
En el servicio de aclaraciones patronales se puede:
- Consultar el catálogo de las 17 causales vigentes a partir del segundo bimestre 2024.
- Ver las omisiones o diferencias por año calendario y periodo. Se pueden consultar las omisiones o diferencias de pago desde el año 2005 a la fecha.
- Descargar el listado de los trabajadores que integran la omisión o diferencia de pago por bimestre.
- Cargar el listado de los trabajadores con diferencias de pago con la causal que corresponda para aclarar.
- Dar seguimiento a las aclaraciones presentadas.
- Obtener el informe que resulte de la aclaración.
¿Quiénes pueden acceder al servicio?
Patrones registrados en el Portal Empresarial del Infonavit, si aún no tienes una cuenta regístrate aquí.
¿Cuándo debes cumplir?
En cualquier momento.
Marco normativo
Ley del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda para los Trabajadores
- Artículo 23 fracción I, tercer párrafo, donde se describen las facultades que correspondan al Instituto, en su carácter de organismo fiscal autónomo, de conformidad con el Artículo 30 de esta Ley.
Estatuto Orgánico del Infonavit.
- Artículo 35 fracción I, reglamenta la fiscalización, facultades y funciones para ejercer las atribuciones que corresponden al Infonavit en su carácter de Organismo Fiscal Autónomo.
Reglamento interior del Infonavit en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo.
- Artículo 1 y 3 fracción VII, cuenta con la facultad para recibir de los contribuyentes las aclaraciones y la documentación que presenten, así como conciliar la información respectiva que acredite el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Consúltalo en nuestra Normateca.