Fecha de última actualización o revisión: 10 de abril de 2025
Si ya terminaste de pagar tu crédito, sigue los siguientes pasos:
Si tienes saldo a favor, puedes solicitar la devolución de tus pagos en exceso, ya sea si eres titular o eres la persona que está a cargo de los trámites de un acreditado que haya fallecido.
Si eres titular, con tu firma electrónica avanzada (e-firma) del Sistema de Administración Tributaria (SAT):
Recuerda tener a la mano el Estado de Cuenta bancario a tu nombre para consultar los 18 dígitos de tu CLABE interbancaria.
Si eres titular y no cuentas con e-firma:
Si estás a cargo de los trámites de un acreditado que ha fallecido:
Si por algún motivo la devolución no procede o no estás de acuerdo con algún punto, puedes hacer una Aclaración de Pagos en Infonatel.
Para corroborar que terminaste de pagar tu crédito, es decir, que se encuentra liquidado, ingresa a Mi Cuenta Infonavit, en Mi Crédito, sección Saldos y Movimientos, y busca en el renglón donde dice Mensualidades atrasadas: si aparece la palabra “Liquidado” es que ya terminaste de pagar. Aquí también puedes verificar si tienes pagos en exceso, y en caso de que los tengas, ahí mismo puedes solicitar su devolución.
Es un documento digital, que te sirve para saber cuándo tu empleador debe detener los descuentos a tu salario para el pago de tu crédito.
Puedes obtenerlo e imprimirlo desde cualquier dispositivo (computadora o teléfono inteligente) ingresando a Mi Cuenta Infonavit.
Mediante este documento el Infonavit le informa a tu empleador (patrón) que ya no te debe seguir reteniendo porque tu crédito está liquidado, próximo a liquidar, cancelado o en prórroga.
Los descuentos que tu empleador te haya retenido después de la fecha de este aviso y no haya enterado al Instituto te los debe devolver.
Puedes obtener el aviso de suspensión emitido por el Infonavit a tu empleador (patrón) en Mi Cuenta Infonavit en la sección Mi Crédito, eligiendo del menú donde dice: Aviso de Suspensión, Retención y Modificación de Descuentos.
La Carta de Instrucción de Cancelación de Hipoteca de Créditos Liquidados es el documento con los datos necesarios para iniciar el proceso de Liberación de Gravamen, es decir, el proceso a través del cual demostrarás que tu propiedad no tiene adeudos ni problemas legales, lo que hace posible donarla, heredarla o venderla.
Para obtenerla:
Considera que la Carta tiene vigencia de 180 días; si vence y la sigues necesitando, deberás solicitarla nuevamente en Mi Cuenta Infonavit o en Infonatel.
Para resolver dudas de este trámite, acude al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano o llama a Infonatel en la Ciudad de México al 55 9171 5050 o al 800 008 3900 desde cualquier parte del país.
El proceso de liberación de gravamen es el trámite mediante el cual se elimina del Registro Público de la Propiedad (RPP) la anotación que indica que un inmueble está en garantía por un crédito hipotecario. Una vez concluido este proceso, la propiedad queda libre de cargas y puede ser plenamente dispuesta por su propietario para heredarla, venderla o donarla.
Este proceso se lleva a cabo una vez que un crédito ha sido completamente liquidado o en ciertos casos específicos (como incapacidad permanente total), se ha otorgado la liberación del adeudo por parte del INFONAVIT.
Es importante destacar que la liberación de gravamen debe ser solicitada por la persona acreditada después de generar la Carta de Instrucción de Cancelación de Hipoteca, dependiendo de la reglamentación del municipio o estado donde se encuentre tu vivienda, debes acudir o a la Notaría Pública de tu elección o directamente ante el Registro Público de la Propiedad.
Para más información, te recomendamos acercarte al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano, ya que los requisitos para la Liberación de Gravamen dependen de cada estado.