Ante cualquiera de estas situaciones, si cuentas con un Dictamen de incapacidad total o parcial del 50% o más por parte del IMSS, ISSSTE o Profedet, tienes la opción de ocupar un seguro por estos conceptos, que te permite contar con hasta dos años en los que no se te requerirán tus pagos mensuales, sin que estos se acumulen a tu deuda.
Si durante estos dos años no regresas a trabajar bajo el régimen de salarios por estar en incapacidad total o invalidez parcial del 50% o más, al término de esos dos años podrás solicitar la liberación de tu deuda, por lo que ya no tendrás que cubrirla.
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