Garantía de interés fiscal

¿Qué es Garantía del interés fiscal?

La garantía del interés fiscal es el medio que asegura el futuro cumplimiento de las obligaciones de pago que tiene el patrón o empresa aportante a su cargo ante el Infonavit.
Objetivo

Proporcionar orientación a los patrones que requieran garantizar el adeudo que tengan para que no se inicie las acciones fiscales y legales de cobro respectivo.

Es importante considerar que el importe de la garantía deberá cubrir la totalidad del crédito fiscal (actualizado y con recargos a la fecha de presentación de la garantía) y sus accesorios. Adicionalmente deberán considerarse recargos por los doce meses siguientes a aquél en el que se constituya la garantía.

Si en ese plazo no se cubre el crédito fiscal, se deberá actualizar el importe incluyendo los doce meses siguientes de recargos que se pudieran generar, y así sucesivamente cada año, por lo que si te encuentras en esta situación, deberás ampliar tu garantía para que cubras el importe actualizado.

¿Quiénes pueden acceder al servicio?
  • Patrones que soliciten adherirse a un convenio y su adeudo se considere monto mayor.
  • Patrones que soliciten adherirse a un convenio tradicional.
  • Patrones que cuenten con una inmovilización bancaria solicitada por el Infonavit y deseen adherirse a convenio, sin importar el monto de éste, para liberar la cuenta bancaria.
  • Patrones que soliciten la suspensión del Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) mediante un medio de defensa (juicio de nulidad o recurso de inconformidad) y los créditos no estén firmes (no se haya realizado embargo).
  • Patrones que hayan constituido garantía fiscal dentro de un medio de defensa o un convenio y requieren sustituirla por otra garantía.
¿Cuándo debes cumplir?
  • Dentro de los treinta días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación efectuada por el Infonavit, correspondiente a la resolución fiscal sobre la cual se deba garantizar el interés fiscal.
  • En caso de solicitar autorización para cubrir los créditos fiscales en parcialidades dentro de un programa de regularización vigente, deberás presentar tus documentos en el término establecido por el propio programa de facilidades.
  • Dentro del término máximo establecido en el acuerdo de suspensión del procedimiento administrativo de ejecución que se dicte en el medio de defensa, cuando hayas impugnado los créditos fiscales.
Marco normativo

Código Fiscal de la Federación

  • Artículo 66, 74, 141, 141-A, 142, 143, 144, 145 al 196.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación

  • Artículo 77 al 101.

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

  • Artículo 30 fracción IX.

Reglamento Interior del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabaiadores en Materia de Facultades como Organismo Fiscal Autónomo.

  • Artículo 3, fracciones XIX, XXIII, XXXII y XXXVIII; 4, fracciones VII y XX; 11 y 24.

Ley de instituciones de seguros y finanzas

  • Artículo 178, 179, 279, 280 y 283.

Consúltalo en nuestra Normateca.

Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.


Requisitos
  • Documentos y requisitos por tipo de garantía. Para ver los requisitos da clic aquí.
  • Adicionalmente, debes adjuntar:
    1. Solicitud de ofrecimiento de garantía, debidamente llenado y firmado.
    2. Formato de garantía de interés fiscal, debidamente llenado y firmado.
    3. Identificación oficial del patrón o del representante legal, en original y copia para cotejo.
  • Si eres persona moral:
    1. Fotocopia del Poder general para actos de administración o dominio (de acuerdo con la modalidad de la nueva garantía) que acredite la personalidad del representante legal; así como original o copia certificada por fedatario público del mismo, para cotejo.
    2. Original y fotocopia de identificación oficial vigente del representante legal, para cotejo.
    3. Fotocopia del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses.
  • En su caso, fotocopia del comprobante de pago de los gastos de ejecución y gastos extraordinarios.
  • En caso de ofrecer fianza, deberás presentar la póliza con los textos autorizados por el Instituto.

Pasos a seguir
  1. El patrón o su representante legal que desee garantizar debe acudir a la Gerencia de Recaudación Fiscal (GRF) que le corresponde a informarse del monto a garantizar.
  2. La GRF le informa el total del adeudo, el monto a garantizar, los tipos y requisitos de cada garantía y le entrega formato solicitud de garantía.
  3. El patrón o su representante presenta la solicitud y la documentación necesaria de acuerdo con el tipo de garantía que desee ofrecer.
  4. Si la documentación se encuentra completa, la Gerencia de Recaudación Fiscal que le corresponde le informará, en un plazo máximo de 10 días hábiles, la respuesta a la solicitud presentada.

documentos que se obtienen
  • Acuse de la solicitud de ofrecimiento de garantía del interés fiscal;
  • Acuerdo de constitución o de rechazo de la garantía del interés fiscal, dependiendo si la garantía cumple o no con los requisitos para su aceptación.

Si vas a sustituir la garantía original por otra garantía, debes cumplir con los requisitos y documentos de esta sección.

Objetivo

Proporcionar orientación a los patrones y empresas aportantes que soliciten la sustitución de la garantía del interés fiscal que haya ofrecido al Infonavit.


¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que hayan ofrecido garantía ante el Infonavit y quieran sustituir una nueva garantía.


¿Cuándo debes cumplir?
  • Cuando el patrón solicite el cambio de tipo de garantía.
  • Cuando el patrón solicite el cambio de bienes que recae la garantía.

Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de Atención

Requisitos:
  • Solicitud de sustitución, ampliación o disminución de garantía fiscal, debidamente llenada y firmada.
  • Formato de garantía de interés fiscal, debidamente llenado y firmado.
  • Si eres persona física:
    1. Fotocopia de tu identificación oficial y original, para cotejo.
  • Si eres persona moral:
    1. Fotocopia del Poder general para actos de administración o dominio (de acuerdo con la modalidad de la nueva garantía) que acredite la personalidad del representante legal; así como original o copia certificada por fedatario público del mismo, para cotejo.
    2. Original y fotocopia de identificación oficial vigente del representante legal, para cotejo.
  • Fotocopia del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses.
  • Los requisitos que deban cumplirse correspondientes a la nueva garantía.

Pasos a seguir
  1. El patrón o su representante legal presenta la solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal y la documentación necesaria de acuerdo con el tipo de garantía que desee ofrecer.
  2. Si la documentación se encuentra completa, la Gerencia de Recaudación Fiscal que le corresponde le informará, en un plazo máximo de 10 días hábiles, la respuesta a la solicitud presentada.

Documentos que se obtienen:
  • Acuse de la solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal.
  • Acuerdo de autorización o de rechazo de la sustitución de garantía del interés fiscal, dependiendo si la garantía cumple o no con los requisitos para su aceptación.

Si no terminaste de cubrir el monto de tu adeudo en el plazo previsto, actualiza el importe de la garantía cada año y, si no es suficiente, debes ampliarla hasta que se cubra el crédito.

Objetivo

Proporcionar orientación a los patrones y empresas aportantes que se les solicitó la ampliación de la garantía que hayan ofrecido.


¿Quiénes pueden acceder al servicio?

Patrones que le hayan solicitado la ampliación de la garantía ofrecida.


¿Cuándo debes cumplir?

Cuando el Infonavit solicite al patrón o empresa aportante la ampliación de la garantía.


Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de Atención


Requisitos:
  • Solicitud de sustitución, ampliación o disminución de garantía fiscal, debidamente llenada y firmada.
  • Formato de garantía de interés fiscal, debidamente llenado y firmado.
  • Si eres persona física:
    1. Fotocopia de tu identificación oficial y original, para cotejo.
  • Si eres persona moral:
    1. Fotocopia del Poder general para actos de administración o dominio (de acuerdo con la modalidad de la nueva garantía) que acredite la personalidad del representante legal; así como original o copia certificada por fedatario público del mismo, para cotejo.
    2. Original y fotocopia de identificación oficial vigente del representante legal, para cotejo.
  • Fotocopia del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses.
  • Los requisitos que deban cumplirse correspondientes a la nueva garantía.

Pasos a seguir
  1. El patrón o su representante legal presenta la solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal y la documentación necesaria de acuerdo con el tipo de garantía que desee ofrecer.
  2. Si la documentación se encuentra completa, la Gerencia de Recaudación Fiscal que le corresponde le informará, en un plazo máximo de 10 días hábiles, la respuesta a la solicitud presentada.

Documentos que se obtienen:
  • Acuse de la solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal.
  • Acuerdo de autorización o de rechazo de la sustitución de garantía del interés fiscal, dependiendo si la garantía cumple o no con los requisitos para su aceptación.

Si de una resolución definitiva dictada por la autoridad competente se declara la revocación parcial de un crédito fiscal o si realizas el pago parcial del adeudo, puedes reducir el monto de la garantía en la misma proporción en que se disminuya el adeudo.

Objetivo

Proporcionar orientación a los patrones y empresas aportantes que requieran disminuir la garantía fiscal.


¿Quiénes pueden acceder al servicio?
  • Patrones que tengan una resolución emitida por una autoridad competente que revoque parcialmente el crédito fiscal.
  • Patrones que hayan realizado el pago parcial del adeudo.

¿Cuándo debes cumplir?

En cualquier momento, mientras tenga vigencia la garantía y no se declaré la necesidad de ejecutarla.


Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.


Requisitos:
  • Solicitud de sustitución, ampliación o disminución de garantía fiscal, debidamente llenada y firmada.
  • Formato de garantía de interés fiscal, debidamente llenado y firmado.
  • Si eres persona física:
    1. Fotocopia de tu identificación oficial y original, para cotejo.
  • Si eres persona moral:
    1. Fotocopia del Poder general para actos de administración o dominio (de acuerdo con la modalidad de la nueva garantía) que acredite la personalidad del representante legal; así como original o copia certificada por fedatario público del mismo, para cotejo.
    2. Original y fotocopia de identificación oficial vigente del representante legal, para cotejo.
  • Fotocopia del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses.
  • Los requisitos que deban cumplirse correspondientes a la nueva garantía.

Pasos a seguir
  1. El patrón o su representante legal, presenta solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal y documentación necesaria de acuerdo con el tipo de garantía que desee ofrecer.
  2. Si la documentación se encuentra completa, la Gerencia de Recaudación Fiscal que le corresponde le informará en un plazo máximo de 10 días hábiles, la respuesta a la solicitud presentada.

Documentos que se obtienen:
  • Acuse de la solicitud de sustitución de garantía del interés fiscal;
  • Acuerdo de autorización o de rechazo de la sustitución de garantía del interés fiscal, dependiendo si la garantía cumple o no con los requisitos para su aceptación.

Si solicitas la cancelación o devolución de la garantía que presentaste debes reunir los requisitos de esta sección.

Objetivo

Proporcionar orientación a los patrones y empresas aportantes que requieran cancelar o hacer la devolución de la garantía que se haya ofrecido.


¿Quiénes pueden acceder al servicio?
  • Patrones que quieran sustituir la garantía por otra.
  • Patrones que hayan cubierto el total del crédito fiscal.
  • Patrones que tengan una resolución emitida por una autoridad competente que deje sin efectos los motivos que dieron origen al ofrecimiento de la garantía.
  • Patrones que cuenten con garantía vencida.

¿Cuándo debes cumplir?

Es un trámite potestativo por lo que no existe un término establecido para realizarlo, siempre y cuando se cumpla alguno de los supuestos del punto anterior para cancelarla.


Tipo de trámite

Presencial


¿Dónde se presenta?

En la Delegación Regional del Infonavit que te corresponde, consulta la ubicación de las Oficinas de atención.


Requisitos:
  • Solicitud de cancelación de garantía fiscal por convenio o solicitud de cancelación de garantía fiscal por medio de defensa, de acuerdo con el supuesto correspondiente.
  • Si eres persona física:
    1. Fotocopia de tu identificación oficial y original, para cotejo.
  • Si eres persona moral:
    1. Fotocopia del Poder general para actos de administración o dominio (de acuerdo con la modalidad de la nueva garantía) que acredite la personalidad del representante legal; así como original o copia certificada por fedatario público del mismo, para cotejo.
    2. Original y fotocopia de identificación oficial vigente del representante legal, para cotejo.
  • Formato de garantía del interés fiscal debidamente llenado y firmado.
  • Fotocopia del comprobante de domicilio fiscal con una antigüedad máxima de tres meses.
  • Fotocopia del comprobante con el que se acredite el pago del crédito fiscal garantizado, en su caso.
  • Copia certificada de la resolución que hubiera dejado sin efectos a la que dio origen al crédito fiscal garantizado, en su caso.

Pasos a seguir
  1. El patrón o su representante legal presenta la solicitud de cancelación de garantía del interés fiscal y la documentación necesaria de acuerdo con supuesto para la cancelación.
  2. Si la documentación se encuentra completa, la Gerencia de Recaudación Fiscal que le corresponde le informará, en un plazo máximo de 10 días hábiles, la respuesta a la solicitud presentada.

Documentos que se obtienen:
  • Acuse de la solicitud de cancelación de garantía del interés fiscal.
  • Acuerdo de cancelación o de rechazo de la cancelación de garantía del interés fiscal, dependiendo si se cumplen con los requisitos del supuesto para cancelar.

Gastos derivados de la garantía

Deberás cubrir los gastos relativos al ofrecimiento, constitución, cancelación e incluso ejecución de la garantía de interés fiscal
¿Cuándo debes cumplir?
  • Pago de avalúos de los bienes para su ofrecimiento, directamente ante el perito valuador.
  • Pago de derechos por la inscripción del gravamen, directamente ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, cuando así corresponda.
  • Pago de derechos por la cancelación de la inscripción del gravamen, directamente ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, cuando así corresponda.

Preguntas frecuentes

La garantía del interés fiscal es el medio que asegura el futuro cumplimiento de las obligaciones de pago que tiene el patrón a su cargo ante el Infonavit, el cual deberá cubrir la totalidad del crédito fiscal y sus accesorios para evitar que inicien las acciones fiscales y legales de cobro respectivo.

Existen gastos que deberás cubrir al ofrecimiento, constitución, cancelación e incluso ejecución de la garantía de interés fiscal como pago de avalúos de los bienes para su ofrecimiento, pago de derechos por la inscripción del gravamen, pago de derechos por la cancelación de la inscripción del gravamen, cuando así corresponda.

Contenido relacionado

Convenio tradicional

Si dejaste de cumplir tus obligaciones patronales al Infonavit, tienes la opción de pagar tu adeudo en parcialidades, solicitando un convenio.

Conoce más