Sí, es correcto. Tus adeudos completos pueden incluir el pago de las aportaciones y/o amortizaciones con sus accesorios como las multas en caso de que se te hubiere generado una acción fiscal.
Puedes aprovechar la disminución del cobro que el INFONAVIT aplica de acuerdo con los establecido en los artículos 75 fracción VI y 76, séptimo párrafo del Código Fiscal de la Federación.